¿Sabes cómo es la nueva Ley de Autónomos?
Muchas de las personas que deciden dejar de trabajar por cuenta ajena y emprender su propio camino no lo hacen como sociedad, sino como profesionales autónomos. Por eso, desde el blog de Adecco queremos compartir con vosotros las novedades más importantes que presenta la nueva Ley de Autónomos (Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo) y que ya recoge el BOE desde el pasado mes de noviembre. Son las medidas vinculadas a la tarifa plana, la conciliación y las deducciones fiscales. Puedes conocer el resto de novedades en este artículo, elaborado por la Gestoría Orejana.
TARIFA PLANA
- Ampliación de la tarifa plana de 50 euros a un año para los nuevos autónomos o para los que no lo hayan sido en los últimos 2 años.
- Ampliación de la bonificación de la tarifa plana a los 24 meses. Una vez finalice el primer año, se bonificará con un 50% otros seis meses y al 30% los siguientes seis meses.
- Los menores de 30 años o 35 en el caso de las mujeres podrán continuar bonificándose un 30% durante 12 meses más. En estos casos el periodo de bonificación total es de 36 meses
- Si un emprendedor desea volver a montar un negocio y han pasado tres años desde que disfrutó de la tarifa plana, podrá volver a beneficiarse de ella.
DEDUCCIONES FISCALES
- Los autónomos que trabajen desde su casa, podrán deducirse el 30% de los gastos de suministros, como agua, luz o telefonía.
- También podrá deducirse hasta 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida, cuando sea en España. Esta cifra asciende a 48 euros si se realiza en el extranjero.
- Deducibilidad de las primas de seguro de enfermedad del asegurado, cónyuge e hijos menos de 25 años, con un tope anual de 500€ por persona.
CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR
- Las madres que emprendan un negocio antes de los dos años desde que cesara su actividad por maternidad, adopción, acogimiento, etc., podrán beneficiarse de una tarifa plana de 50 euros.
- Los autónomos al cuidado de menores o dependientes tendrán la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año.
- Los padres y las madres autónomos de baja por maternidad, paternidad, adopción, etc., estarán exentos de pagar la cuota en el periodo de la baja.
También puedes consultar el texto íntegro con todas las novedades de la nueva Ley de Autónomos en el BOE.